NORMATIVAS

Reglamento del DL 1147

El presente Reglamento tiene por finalidad desarrollar el contenido del Decreto Legislativo Nº 1147, de fecha 11 de diciembre de 2012, expedido para el fortalecimiento de las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dirección General), en relación con la administración de áreas acuáticas; las actividades que realizan en el medio acuático las naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas y embarcaciones en general; las operaciones que estas realizan y los servicios que prestan o reciben, con el fin de velar por la protección y seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables; la protección del medio ambiente acuático y la represión de las actividades ilícitas dentro del ámbito de su jurisdicción y competencia, en cumplimiento de la normativa nacional, instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado peruano. ver mas

N°RD 1074-24 DICAP

Aprobar los lineamientos para la aprobación y autorización del dictado de cursos modelo de formación y capacitación y/o centros de capacitación y entrenamientos acuático debidamente autorizado por esta Dirección General, que como anexo «A» forman parte integrante de la presente resolución directoral. ver mas

N°RD 1052-24 DICAPI

Aprobar la autorización de las estructuras curriculares de los Cursos Modelos de la Autoridad Marítima (MAM), para el Personal de Marina Mercante Nacional, Personal de Bahía, Ribereño,  Lacustre y Personal de Pesca en sus diferentes categorías, que como anexo «A» forman parte integrante de la presente resolución directoral.ver mas

N°RD 855-2021 DICAPI

Aprobar los «Cursos Modelo de la Autoridad Marítima Nacional para el personal de Náutica Recreativa», que,  como anexo, forma parte integrante de la presente resolución directoral.

N°RD 358-2020 DICAPI

Aprobar los Procedimientos para la autorización de simuladores en los centros de formación acuática, por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 440 del Reglamente del Decreto Legislativo N° 1147, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 015-2014 DE, que como Anexo, forma parte de la presente Resolución Directoral.ver mas

N° 280-2025 DICAPI

Otorgar el plazo de SEIS (6) meses contados desde la entrada en vigencia de la presente norma, a los centros de formación acuática y/o centros de capacitación y entrenamiento acuático que cuenten con Resolución Directoral de autorización vigente para continuar con el dictado del curso modelo de la Autoridad Marítima Nacional MAM-010 “Marinero de Pesca Artesanal con Experiencia Acreditada”, establecido en la curricula aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 0646-2017/DCG de fecha 24 de julio del 2017.ver mas

N° 1080-2016 DICAPI

Toda persona que requiera embarcarse a bordo de buques de pasaje, para prestar servicio a los pasajeros en los espacios destinados a éstos, debe encontrarse registrado y posee la libreta de embarco de personal de servicio otorgada por la Autoridad Marítima Nacionalver mas

N° 281-2025 DICAPI

Modificar los literales (m) y (n) del artículo 5, capítulo I del Anexo “A” de la Resolución Directoral N° 1074-24 MGP/DICAPI de fecha 27 de diciembre del 2024, que aprueba los “Lineamientos para la aprobación y actualización del dictado de cursos modelo de formación y capacitación para el personal acuático, requeridos por los centros de formación acuática y/o centros de formación y entrenamiento acuático”.ver mas

N° 125-24 DICAPI

Derogar la Resolución Directoral N° 795-2012 MGP/DCG de fecha 3 de agosto del 2012, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución directoral.ver mas

N° 305-2011 DICAPI

Conduce embarcaciones pesqueras de un arqueo bruto hasta de 372.17 (500 TRB) en el dominio marítimo peruano y dirige las operaciones de pesca, dentro de los principios de pesca sostenible, preservando el medio ambiente y velando por la seguridad de la tripulación y de la nave en cualquier condición y circunstancia, demostrando capacidades para la comunicación y el liderazgo, así como disciplina y respeto personal y con los otros.ver mas

N° 0014 2025 APN

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 006: Agua Segura para Lima y Callao, hasta por la suma de S/ 36 737 716,00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), destinada a financiar la distribución gratuita de agua potable mediante camiones cisterna en zonas del ámbito urbano que no cuentan con el servicio de agua potable y que se encuentran en condición de pobreza y pobreza extrema, conforme a los criterios de priorización a nivel nacional y las zonas focalizadas, aprobados por la Resolución Ministerial N° 485-2024-VIVIENDA, modificada por la Resolución Ministerial N° 006-2025-VIVIENDA. ver mas

Procedimientos Técnicos para la Supervisión de Cargas a Granel

Establecer lineamientos técnicos operativos para el desarrollo de las actividades del personal relacionado con la supervisión de las operaciones de transferencia de productos líquidos y gaseosos a granel, así como, de las condiciones de amarre de la nave durante la interfaz buque-tierra en los terminales portuarios y embarcaderos, de uso público o privado, multipropósitos o especializados del Sistema Portuario Nacional.ver mas

Directrices Implementación Codigo ISM
La resolución A.1118(30) de la Organización Marítima Internacional actualiza las directrices para que las Administraciones de los Estados implementen y supervisen el Código Internacional de Gestión de la Seguridad (ISM). Este documento explica cómo los gobiernos deben verificar y certificar que las navieras cumplan con normas internacionales de operación segura de buques y prevención de la contaminación, incluyendo procesos de auditoría, emisión y renovación de certificados, así como procedimientos de seguimiento y corrección de incumplimientos, con el fin de garantizar una aplicación uniforme y efectiva del ISM en todo el mundo.ver mas
Acta Final Enmiendas Manila 2010 al Convenio de Formaciòn Gente de Mar 1978
La resolución A.1118(30) de la Organización Marítima Internacional actualiza las directrices para que las Administraciones de los Estados implementen y supervisen el Código Internacional de Gestión de la Seguridad (ISM). Este documento explica cómo los gobiernos deben verificar y certificar que las navieras cumplan con normas internacionales de operación segura de buques y prevención de la contaminación, incluyendo procesos de auditoría, emisión y renovación de certificados, así como procedimientos de seguimiento y corrección de incumplimientos, con el fin de garantizar una aplicación uniforme y efectiva del ISM en todo el mundo.ver mas
Directrices para Agencias de Tripulación
El documento Manning Agency Guidelines es una guía internacional que explica cómo las compañías navieras deben seleccionar, auditar y operar agencias de contratación de tripulantes, asegurando que el reclutamiento de marinos cumpla con el Convenio sobre el Trabajo Marítimo de 2006 (MLC, 2006) y otras normas de seguridad, con el fin de proteger los derechos de los marinos, evitar fraudes y garantizar prácticas de contratación legales y transparentes.ver mas
Directrices sobre Fatiga en la Gente de Mar
Directrices sobre Fatiga en la Gente de Mar es una guía de la Organización Marítima Internacional que explica qué es la fatiga en los tripulantes, sus causas, consecuencias y riesgos para la seguridad, y ofrece recomendaciones prácticas para que gobiernos, compañías navieras, diseñadores de buques y la propia gente de mar puedan prevenirla y gestionarla, cumpliendo convenios internacionales y protegiendo la vida, la salud y el medio marino.ver mas
Principios relativos a las Dotaciones Mìnimas de Seguridad

Principles of Minimum Safe Manning de la Organización Marítima Internacional establece los principios y directrices para que los gobiernos y las compañías navieras determinen y documenten el mínimo de tripulación segura requerido en cada buque. Define criterios, procedimientos y responsabilidades para asegurar que la dotación de personal sea suficiente y calificada para garantizar la seguridad del barco, la protección del medio marino, la salud y el bienestar de la gente de mar, cumpliendo convenios internacionales como SOLAS y STCW.ver mas